sábado, 26 de abril de 2014

El hecho religioso (Parte II)


















Nos preguntábamos ¿cómo explicar la importancia del hecho religioso en un entorno de extraordinario desarrollo de las ciencias a partir del siglo XVI? y decíamos que la respuesta, en modo alguno puede ser única dada la complejidad de la realidad religiosa y su imbricación en la mente de las personas y mucho menos universal por los diferentes tipos de sociedades en que se presenta el hecho religioso.

Existen razones históricas que explican la trascendencia del hecho religioso, contradictorias con el avance del conocimiento experimentado en los últimos siglos. Desde el Congreso de Nicea (año 325 de la era cristiana) el cristianismo se convierte en la religión dominante del imperio, su alianza con el poder civil la convierte en cómplice de la acción política y como contrapartida se ve respaldada por el poder en el adoctrinamiento de la población hasta el punto de dominar la vida de las personas desde su nacimiento hasta la muerte.

No es cuestión de repasar la historia, aunque solo mencionar otros dos aspectos que tenían por objeto preservar el dominio del cristianismo sobre la sociedad y las mentes de las personas; el primero de ellos es la creación de los Tribunales de la Santa Inquisición con objeto de perseguir la herejía, es decir la discrepancia con las creencias impuestas por la jerarquía eclesiástica y en segundo lugar la labor evangelizadora, el proselitismo religioso llevado a los lugares recién descubiertos por los conquistadores españoles y portugueses principalmente.  En ambos casos el terror era impuesto cuando las doctrinas fundamentadas en la salvación o la condenación eterna no calaban en la mentalidad de la población con la suficiente solicitud. Así ocurrió durante siglos de poder absoluto, en los que, en ocasiones, los reyes se sometían a los dictados de la autoridad eclesiástica ante el temor a una indeseada excomunión que le excluyera del seno de la iglesia y con ello a la condena prematura a sufrir las llamas del infierno.

Las creencias en la vida después de la muerte y en la salvación eterna de las almas o la condena a un suplicio perpetuo habían calado en la mente de las personas, salvo algunas excepciones en las minorías mas instruidas, de tal manera que sus vidas estaban condicionadas a dichas creencias, puesto que aquello les suponía un consuelo ante las miserias del mundo en que vivían, las calamidades que sufrían y las carencias y dificultades que habían de superar para poder sobrevivir. La esperanza de alcanzar el paraíso celestial les compensaba de una vida terrenal de miseria y sufrimiento.      

Las sociedades modernas han conseguido librarse del yugo del cristianismo gracias, principalmente, al pensamiento moderno derivado del enciclopedismo y la Ilustración, con algunas excepciones entre las que se encuentra España como veremos en la siguiente entrega. Pero en algunas de estas sociedades más abiertas, con democracias mas o menos consolidadas, aunque los estados son considerados oficialmente laicos, existen Acuerdos de Colaboración (Concordatos) con la Iglesia Católica que posibilitan que la religión dominante campe a su antojo y para su propio beneficio, manteniéndose aquellas viejas connivencias entre poder político y poder religioso establecidos en los siglos precedentes. Conviene recordar que la Ciudad del Vaticano, que incluye a la Santa Sede, fue configurada como Estado gracias al beneplácito del fascista italiano Benito Mussolini en el año 1929 (Pactos de Letrán), por lo que dichos acuerdos tiene la consideración de acuerdos entre estados soberanos. 

En los países de mayoría protestante no existen Concordatos pero en algunos, como los EEUU de Norteamérica, la religión tiene un peso considerable en el desarrollo de las campañas electorales. 

Mas grave aún es la persistencia de sociedades teístas en los que siguen sin concebirse un derecho civil al margen de las supuestas leyes sobrevenidas de los llamados textos sagrados, como ocurre en muchos países musulmanes, en donde la inferioridad de la mujer respecto del varón esta establecida en las propias leyes e imbuida en las mentes de los hombres e incluso de las propias mujeres. La poligamia y los casamientos forzados son practicas que se establecen de manera normativa, mientras que las mujeres son repudiadas cuando no gozan del agrado del hombre y las infidelidades femeninas son castigadas con el repudio, el desprecio e incluso con la lapidación, las violaciones no son condenadas ni perseguidas, las relaciones sexuales fuera del matrimonio son un estigma, además de otros derechos de los hombres que la mujeres no pueden ejercer sin consentimiento de algún varón. Son por tanto sociedades cerradas en las que las ideas contrarias a las establecidas por su religión son perseguidas, en ocasiones, hasta con la muerte de quienes las sostienen. En estas sociedades la persistencia del hecho religioso esta garantizada e incluso adquiere una mayor importancia gracias al avance del integrismo religioso de algunos de ello.


Y ¿Qué ocurre en España? 

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