viernes, 16 de septiembre de 2016

DEUTERONOMIO: La mujer repudiada es abominable ante Dios.

NT (texto bíblico): Si un hombre toma a una mujer por esposa y luego no le agrada, porque ha notado en ella algo de torpe, la repudiará. Una vez en su casa podrá ser mujer de otro hombre. Si también el segundo marido la aborrece o muere, el primer marido no podrá volver a tomarla por mujer porque es una abominación para Yavé (DEU. 24.1-4).

CM (comentarios): Una vez más cuesta trabajo entender que las mujeres no renieguen de las religiones. Desde la “creación”, a partir de una costilla del primer hombre, el Antiguo Testamento no ha dejado de hacer constancia de la inferioridad de la mujer respecto del hombre y del sometimiento a éste, tarea vilipendiadora que ha continuado haciendo el resto de libros llamados sagrados (Nuevo Testamento y el Corán). La mujer además de inferior al hombre es impura en su embarazo y en el parto y como tal debe permanecer aislada y sometida a purificación. El hombre puede poseer una o varias mujeres al tiempo, mientras que ella debe estar sujeta a un solo hombre, a sus caprichos y ha de ser castigada si le muestra desobediencia. Cualquier relación sexual de la mujer no casada o casada con otro hombre es objeto de condena mortal, pena que es ajena al hombre. Una mujer violada en ciertas sociedades cerradas es condenada si osa denunciar la violación.
Y por supuesto el derecho al repudio, al aborrecimiento, al desprecio si se muestra torpe a los ojos de su marido, apreciación tan imprecisa que cualquier motivo puede ser causa para el rechazo, el abandono, y la vuelta con sus padres. Yavé es delicado en este asunto, tal tipo de mujer es una abominación para Yavé.

NT: Cuando un hombre sea recién casado, no irá a la guerra… para contentar a su mujer. Si alguno secuestró a su hermano para hacerlo esclavo, o lo vendió, será condenado a muerte. Ten cuidado con la plaga de la lepra, cumple cuanto te digan los sacerdotes levitas. Si prestas algo a tu prójimo, no entrarás en su casa para tomar prenda, esperarás fuera. Si éste es pobre no te acostarás sobre la prenda, se la devolverás. No oprimas al mercenario pobre e indigente, dale cada día su salario. No morirán los padres por la culpa de sus hijos, ni éstos por la culpa de sus padres, cada uno será condenado a muerte por pecado suyo. No hagas injusticia al extranjero ni al huérfano, ni tomes en prenda las ropas de la viuda. Cuando en tu campo siegues tu mies, si olvidas alguna gavilla no vuelvas a buscarla, cuando sacudas tus olivos, no hagas tras de ti rebusco en sus ramas, cuando vendimies tu viña, no hagas en ella rebusco, déjala para el extranjero, el huérfano o la viuda; no olvides que fuiste esclavo en Egipto y por eso te mando hacer así (DEU. 24.5-22).

CM: Una sociedad teísta no tiene sino que recoger estos textos “sagrados” y convertirlos en leyes civiles, al fin y al cabo para este tipo de sociedades no hay diferencia entre lo civil y lo religioso, y si ya su dios se encargó de hacer una legislación en la que se recoge el comportamiento de las personas y el castigo en caso de incumplimiento para qué hacer un nuevo texto, si acaso adaptarlo a los nuevos tiempos y endurecer si cabe el modelo social mediante reglamentos adicionales que satisfagan las necesidades y deseos de los varones, artífices en las sociedades musulmanas principalmente. En todo caso Yavé tiene una cierta consideración para los necesitados, los extranjeros o las viudas porque les recuerda a los judíos su tiempo en Egipto; menos mal, en caso contrario no tendría ningún tipo de consideración para con ellos.

NT: Si tras un pleito absuelven los jueces al justo y condenan al reo, fuere condenado el delincuente a la pena de azotes, el juez le hará echarse en tierra y le hará azotar llevando cuenta de los azotes según su delito, pero no le hará mas de cuarenta (DEU. 25.1-4).

CM: Quizás tras cuarenta azotes el reo no pueda soportar mas y acabe muriendo, en cuyo caso se trataría de un exceso en la pena por parte del juez que ha de velar igualmente la contundencia con la que el verdugo agita el látigo, aunque seria mas razonable que los azotes se dieran en presencia de un profesional de la medicina de la época. Y también de un levita, por si el reo acaba falleciendo y sea preciso los servicios de los intermediarios con el mas allá.

NT: Cuando dos hermanos habitan uno junto al otro y uno de ellos muere sin dejar hijos, la mujer del muerto no se casará fuera con un extraño; su cuñado ira a ella y la tomara por mujer. Si el hermano se negase a tomar a su cuñada, ésta se lo comunicará a los ancianos y si aquel persiste en su negativa a aceptarla, su cuñada le quitara un zapato y le escupirá en la cara diciendo: Esto se hace con el hombre que sostiene la casa de su hermano. Y esta casa será llamada en Israel la casa del descalzado (DEU. 25.5-10).

CM: Que bello pasaje. El hermano esta obligado a casarse con su cuñada, siempre que no hubiera tenido hijos con su hermano, bajo pena de un escupitajo y de señalar la casa como del descalzado, como si en el pueblo no se fueran a enterar de lo acontecido. No se ofrecen estadísticas de cuantos casos se dieron de rechazo a la cuñada, pero es posible que pocos, pues se trata de una boca más que alimentar pero una ayuda importante a la hora de aportar a las tareas del hogar y una compañera mas para compartir cama.


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